{"id":49559,"date":"2025-07-29T09:00:00","date_gmt":"2025-07-29T12:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/latinoamerica21.com\/?p=49559"},"modified":"2025-07-29T10:18:18","modified_gmt":"2025-07-29T13:18:18","slug":"el-rol-del-derecho-internacional-en-la-lucha-contra-el-cambio-climatico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/el-rol-del-derecho-internacional-en-la-lucha-contra-el-cambio-climatico\/","title":{"rendered":"El rol del derecho internacional en la lucha contra el cambio clim\u00e1tico"},"content":{"rendered":"\n<p>Nos encontramos en un momento de grandes cambios y tensiones en la escena internacional en que se est\u00e1 cuestionando el papel del Derecho internacional. Sin embargo, a pesar de sus imperfecciones y fragilidad, como sucede tambi\u00e9n con la democracia, es la \u00fanica v\u00eda para hacer frente a los desaf\u00edos de la comunidad internacional, entre ellos, la degradaci\u00f3n ambiental del planeta o lo que Naciones Unidas ha denominado la triple crisis planetaria: crisis clim\u00e1tica, p\u00e9rdida de diversidad biol\u00f3gica y contaminaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde hace m\u00e1s de 30 a\u00f1os, la comunidad cient\u00edfica nos viene facilitando informaci\u00f3n sobre la realidad del cambio clim\u00e1tico con evidencias cient\u00edficas demoledoras. Un claro ejemplo es el Panel Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Clim\u00e1tico de las Naciones Unidas, creado en 1988, cuyo primer informe de evaluaci\u00f3n publicado en 1990 ya hac\u00eda referencia a los efectos del calentamiento global que hoy sufrimos, como son los fen\u00f3menos meteorol\u00f3gicos extremos- olas de calor, sequ\u00edas o lluvias torrenciales-, el derretimiento de los casquetes polares o la acidificaci\u00f3n de los oc\u00e9anos.&nbsp; Dicho informe impuls\u00f3 las negociaciones para una convenci\u00f3n sobre esta materia que fue firmada tan solo dos a\u00f1os despu\u00e9s en R\u00edo de Janeiro como la Convenci\u00f3n Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Clim\u00e1tico (CMNUCC). La CMNUCC es una respuesta jur\u00eddica ante un problema global.<\/p>\n\n\n\n<p>En aquella ocasi\u00f3n, el derecho internacional fue por delante de la preocupaci\u00f3n de la sociedad, porque en aquellos a\u00f1os la sociedad no sent\u00eda la necesidad urgente de actuar. Tras la entrada en vigor de la CMNUCC, se negoci\u00f3 y adopt\u00f3 el Protocolo de Kioto en 1997 que, por ejemplo, en su primer per\u00edodo de aplicaci\u00f3n (2008-2012) logr\u00f3 que los pa\u00edses desarrollados redujeran sus emisiones en un 16% cuando el compromiso era de 5,2%. Sin embargo, las emisiones mundiales aumentaron en ese per\u00edodo un 50% debido al crecimiento de las econom\u00edas emergentes en \u00c1frica, Asia y Latinoam\u00e9rica, ya que los pa\u00edses en desarrollo no ten\u00edan compromisos de reducci\u00f3n de emisiones de GEI bajo dicho Protocolo ni en aquel per\u00edodo ni en el segundo (2013-2020).<\/p>\n\n\n\n<p>A pesar de ello, gracias al Protocolo de Kioto se sentaron las bases para el desarrollo de pol\u00edticas y medidas para combatir el cambio clim\u00e1tico que impulsaron las energ\u00edas renovables, la eficiencia energ\u00e9tica, la protecci\u00f3n de los sumideros de carbono como son los bosques o la reducci\u00f3n de las emisiones de metano, por citar algunas.<\/p>\n\n\n\n<p>Algunas de las experiencias del Protocolo, fueron incorporadas en el Acuerdo de Par\u00eds, firmado en 2015, hace ya diez a\u00f1os, por el que toda la comunidad internacional, tanto pa\u00edses desarrollados como en desarrollo, en base al principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas, est\u00e1 obligada a tomar medidas para lograr sus principales objetivos.<\/p>\n\n\n\n<p>Algunos de estos objetivos eran: limitar el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 \u00b0C con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1,5 \u00b0C con respecto a los niveles preindustriales; aumentar la capacidad de adaptaci\u00f3n a los efectos adversos del cambio clim\u00e1tico y promover la resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de GEI, de un modo que no comprometa la producci\u00f3n de alimentos; y situar los flujos financieros en un nivel compatible con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de GEI.<\/p>\n\n\n\n<p>Para ello, la medida m\u00e1s importante es que todos los estados contratantes del Acuerdo deben adoptar las denominadas contribuciones nacionalmente determinadas (CND), en las que cada estado contratante del Acuerdo debe establecer las medidas que va a adoptar para reducir sus emisiones de GEI, incluyendo sus objetivos de reducci\u00f3n cuantificados, y adaptarse al cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas medidas tienen que aplicarse en un per\u00edodo de diez a\u00f1os y deben revisarse cada cinco. De hecho, en 2025 los pa\u00edses contratantes est\u00e1n obligados a presentar una nueva NDC. Asimismo, cada revisi\u00f3n debe representar un avance con respecto a la anterior, es decir, la ambici\u00f3n debe ser mayor, es lo que se conoce como el principio de no regresi\u00f3n. Por tanto, el Acuerdo de Par\u00eds no establece objetivos espec\u00edficos de mitigaci\u00f3n para cada pa\u00eds, sino que cada pa\u00eds debe presentarlos ante el secretariado de la CMNUCC como parte de su CND.<\/p>\n\n\n\n<p>Al mismo tiempo, el Acuerdo de Par\u00eds permite que, para a aplicar sus CNDs, los pa\u00edses puedan cooperar voluntariamente a trav\u00e9s de acuerdos y de proyectos. Esto es una muestra m\u00e1s de la <a href=\"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/solo-la-politica-frenara-el-cambio-climatico\/\">necesidad de la cooperaci\u00f3n internacional <\/a>para hacer frente al cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, dado que los pa\u00edses en desarrollo no cuentan con recursos suficientes para hacer frente al cambio clim\u00e1tico, desde la CMNUCC los pa\u00edses desarrollados deben facilitar financiaci\u00f3n, transferir tecnolog\u00eda y capacitar a los primeros. En 2009, se acord\u00f3 un objetivo de financiaci\u00f3n de 100.000 millones de d\u00f3lares estadounidenses para el a\u00f1o 2020 que deb\u00edan aportar los segundos.&nbsp; Esto se logr\u00f3 en 2023.<\/p>\n\n\n\n<p>En 2024, en la COP 29 de Bak\u00fa, se acord\u00f3 un nuevo objetivo colectivo cuantificado de financiaci\u00f3n de <a href=\"https:\/\/elpais.com\/clima-y-medio-ambiente\/2024-11-23\/los-paises-ricos-se-comprometen-a-aportar-300000-millones-de-dolares-de-financiacion-climatica.html\">300.000 millones para el a\u00f1o 2035 <\/a>destinado a la acci\u00f3n clim\u00e1tica de los pa\u00edses en desarrollo, junto con un llamado a todos los actores a alcanzar un nivel de financiaci\u00f3n de 1.3 billones de d\u00f3lares, para ese a\u00f1o, procedente de fuentes p\u00fablicas y privadas a destinar a dicha acci\u00f3n. Para lograr esos 1.3 billones se adopt\u00f3 la Hoja de Ruta Bak\u00fa-Bel\u00e9m con el objetivo de que en la COP de Bel\u00e9m se sienten las bases para ese prop\u00f3sito. De hecho, se ha logrado alg\u00fan paso en el Compromiso de Sevilla alcanzado en la 4\u00aa Cumbre de Financiaci\u00f3n para el Desarrollo, celebrada en Sevilla en julio de 2025, al integrar la financiaci\u00f3n clim\u00e1tica en el marco de financiaci\u00f3n para el desarrollo en lugar de considerarla como un asunto separado, haciendo un llamamiento para \u201cla provisi\u00f3n y movilizaci\u00f3n de medios de aplicaci\u00f3n en consonancia con los objetivos y compromisos respectivos en virtud de la CMNUCC y el Acuerdo de Par\u00eds\u201d.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>Esos compromisos logrados en el plano internacional deben aplicarse en el plano nacional, por eso el derecho internacional es tan importante ya que impulsa la acci\u00f3n en el plano nacional lo que es parte de la denominada gobernanza multinivel. Cuando se adoptan esos compromisos internacionales, los gobiernos en todos los planos: federal, regional (provincias, estados o comunidades aut\u00f3nomas) y municipal deben actuar pues muchas competencias relativas a la lucha contra el cambio clim\u00e1tico corresponden a diferentes niveles de gobierno.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Es cierto que la temperatura global del planeta aumenta a niveles alarmantes y nos hemos adentrado en el 1,5\u00baC. Pero tambi\u00e9n es cierto que, de no contar con la CMNUCC, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de Par\u00eds, probablemente ya habr\u00edamos superado los 2\u00baC. Esto es una muestra de que el derecho internacional y la acci\u00f3n concertada de la comunidad internacional es la v\u00eda m\u00e1s adecuada para para combatir el cambio clim\u00e1tico, pues las emisiones de GEI que no se reducen en un pa\u00eds producen impactos en todo el planeta. Todo ello a pesar de su imperfecci\u00f3n y de ciertos personajes.<\/p>\n\n\n\n<p><em><sub>*Este texto se enmarca en la colaboraci\u00f3n entre la Organizaci\u00f3n de Estados Iberoamericanos para la Educaci\u00f3n, la Ciencia y la Cultura (OEI) y Latinoam\u00e9rica21 para la difusi\u00f3n de la plataforma Voces de Mujeres Iberoamericanas. Conoce y \u00fanete<\/sub><\/em><a href=\"https:\/\/vocesdemujeres.com\/sign-up-expert\"><sub><em> AQU\u00cd<\/em><\/sub><\/a><em><sub> a la Plataforma.<\/sub><\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El derecho internacional se ha convertido en una herramienta clave para coordinar la acci\u00f3n global frente al cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n","protected":false},"author":776,"featured_media":49570,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"episode_type":"","audio_file":"","cover_image":"","cover_image_id":"","duration":"","filesize":"","filesize_raw":"","date_recorded":"","explicit":"","block":"","itunes_episode_number":"","itunes_title":"","itunes_season_number":"","itunes_episode_type":"","footnotes":""},"categories":[16580,16518],"tags":[14126],"gps":[],"class_list":{"0":"post-49559","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-cambio-climatico","8":"category-relaiciones-internacionales","9":"tag-debates-br-es"},"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49559","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/776"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=49559"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49559\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/49570"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=49559"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=49559"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=49559"},{"taxonomy":"gps","embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/gps?post=49559"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}