{"id":59455,"date":"2026-10-01T09:00:00","date_gmt":"2026-10-01T12:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/latinoamerica21.com\/?p=59455"},"modified":"2026-09-30T05:54:50","modified_gmt":"2026-09-30T08:54:50","slug":"la-ley-no-basta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/la-ley-no-basta\/","title":{"rendered":"La ley no basta"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfPor qu\u00e9 las mujeres tienen tantas dificultades para acceder al espacio pol\u00edtico? Sobre todo, si se tiene en cuenta que, en los \u00faltimos veinte a\u00f1os, Am\u00e9rica Latina ha legislado profusamente en materia de paridad de g\u00e9nero, con leyes de cuotas y paridad, cremalleras en las listas o sanciones por incumplimiento. Y, sin embargo, cuando se comparan los resultados, el panorama es desigual. Mientras Bolivia y M\u00e9xico rondan o superan el 50% de mujeres en sus congresos, Brasil, con una cuota del 30% vigente desde hace m\u00e1s de dos d\u00e9cadas, apenas roza el 18% o Guatemala y Panam\u00e1, con marcos legales que sobre el papel no son tan distintos de los casos m\u00e1s exitosos, siguen muy por debajo de la paridad real. Esto es as\u00ed, porque la ley es necesaria, pero no es suficiente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La contradicci\u00f3n se explica cuando se deja de mirar solo el texto de la ley y se observa el contexto en el que se implementa. As\u00ed, reformas que se anuncian con el mismo encabezado, \u00abparidad de g\u00e9nero en las candidaturas\u00bb, pueden ser, en la pr\u00e1ctica, medidas completamente distintas. Un \u00edndice como el IFREG, que descompone el r\u00e9gimen electoral de g\u00e9nero en variables medibles, permite ver esa \u00abtrampa de la similitud\u00bb porque no basta con preguntar si existe la paridad en el papel, hay que preguntar si existe mandato de posici\u00f3n (si las mujeres van alternadas o son relegadas a los suplentes), si hay sanciones reales por incumplimiento (rechazo de listas, multas, p\u00e9rdida de registro) y cu\u00e1l es el alcance de la f\u00f3rmula, es decir, si aplica a listas cerradas, abiertas, uninominales o plurinominales.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"https:\/\/dona.latinoamerica21.com\/\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"190\" src=\"https:\/\/latinoamerica21.com\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/L21-Banner-2-1-1024x190.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-51423\" srcset=\"https:\/\/latinoamerica21.com\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/L21-Banner-2-1-1024x190.png 1024w, https:\/\/latinoamerica21.com\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/L21-Banner-2-1-300x56.png 300w, https:\/\/latinoamerica21.com\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/L21-Banner-2-1-768x142.png 768w, https:\/\/latinoamerica21.com\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/L21-Banner-2-1-1536x284.png 1536w, https:\/\/latinoamerica21.com\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/L21-Banner-2-1-2048x379.png 2048w, https:\/\/latinoamerica21.com\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/L21-Banner-2-1-150x28.png 150w, https:\/\/latinoamerica21.com\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/L21-Banner-2-1-696x129.png 696w, https:\/\/latinoamerica21.com\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/L21-Banner-2-1-1068x198.png 1068w, https:\/\/latinoamerica21.com\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/L21-Banner-2-1-1920x356.png 1920w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">As\u00ed, M\u00e9xico, con mandato de posici\u00f3n estricto y sanciones que incluyen la negativa a registrar listas incompletas, no es comparable con pa\u00edses que exigen el 50%, sin especificar d\u00f3nde deben ir ubicadas las candidatas. Esto que abre la puerta a que todas las mujeres terminen posicionadas en los \u00faltimos lugares.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A esto se suma el exceso de reformas que tampoco son garant\u00eda de fortalecimiento en la cuesti\u00f3n de g\u00e9nero. Por ejemplo, Ecuador y Per\u00fa han modificado su legislaci\u00f3n electoral en materia de g\u00e9nero varias veces en poco m\u00e1s de una d\u00e9cada. Sin embargo, cuando esta hiperactividad reformista no viene acompa\u00f1ada de una evaluaci\u00f3n y una implementaci\u00f3n s\u00f3lidas, puede generar el efecto inverso al buscado. Esto se produce, entre otras causas, porque la inestabilidad en las reglas del juego, la desconfianza de la ciudadan\u00eda y de las propias candidatas respecto a la solidez de las normas y la pervivencia de las reglas informales (los pactos internos de los partidos, las presiones territoriales, el manejo discrecional de las listas) siguen operando por debajo de la ley escrita.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otro actor relevante en esta evoluci\u00f3n es el Estado. Durante mucho tiempo el ideal de neutralidad estatal se tradujo en una igualdad formal, basada en la idea de que el Estado no deb\u00eda discriminar, pero tampoco intervenir. Esa concepci\u00f3n, sin embargo, ignora que la desigualdad de g\u00e9nero es estructural y preexistente a cualquier elecci\u00f3n. Porque cuando la desigualdad es sist\u00e9mica, el trato igualitario perpet\u00faa la desventaja en lugar de corregirla. Por eso el Estado no puede limitarse a arbitrar, sino que debe ir m\u00e1s all\u00e1 y actuar de manera proactiva, con medidas afirmativas que compensen esa desventaja sist\u00e9mica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Aqu\u00ed la justicia electoral se vuelve decisiva. Por ejemplo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n en M\u00e9xico ha sido, en ese sentido, un actor clave porque sus resoluciones han sancionado expl\u00edcitamente la pr\u00e1ctica de enviar mujeres a distritos donde el partido hist\u00f3ricamente pierde (la llamada \u00abparidad en fraude a la ley\u00bb o simulaci\u00f3n), incluso cuando ninguna norma prohib\u00eda textualmente esa maniobra. Es un ejemplo de justicia electoral garantista porque no se conforma con contar candidatas, sino que interpreta el esp\u00edritu de la norma y act\u00faa cuando detecta que el texto se cumple mientras el objetivo se vac\u00eda de contenido. Sin tribunales dispuestos a ese tipo de lectura, la paridad corre el riesgo de no ser efectiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otra cuesti\u00f3n y quiz\u00e1s la m\u00e1s importante, es que la cantidad de mujeres no garantiza cambio. La vieja hip\u00f3tesis de la \u00abmasa cr\u00edtica\u00bb que implica que bastar\u00eda con alcanzar cierto umbral de representaci\u00f3n femenina para que el sistema se transformara por inercia, no se sostiene emp\u00edricamente. Lo decisivo es que existan actores cr\u00edticos con capacidad real de incidencia estrat\u00e9gica, como legisladoras, dispuestas a usar su posici\u00f3n para litigar, negociar e impulsar la agenda, incluso cuando son minor\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El \u00e9xito relativo de M\u00e9xico y Bolivia no se explica solo por sus leyes, sino por una \u201ccoalici\u00f3n amigable al g\u00e9nero\u201d que conecta autoridades electorales, academia, organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicaci\u00f3n dispuestos a visibilizar los incumplimientos. En pa\u00edses donde esa red no existe o est\u00e1 fragmentada, como en Guatemala, la ley queda mucho m\u00e1s expuesta a la resistencia de las \u00e9lites partidarias, que siguen siendo el principal obst\u00e1culo. En este contexto, los partidos rara vez adoptan la paridad por convicci\u00f3n, sino que lo hacen cuando el coste de no hacerlo supera al beneficio de mantener el control masculino de las listas. Por eso la vigilancia externa se convierte en un contrapeso real frente al c\u00e1lculo estrat\u00e9gico de las elites.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, ninguno de estos mecanismos funcionar\u00e1 sin el aprendizaje normativo. La paridad es un proceso en el que los partidos, jueces, funcionarios y ciudadan\u00eda van aprendiendo con la pr\u00e1ctica a jugar con estas nuevas reglas. Este proceso de aprendizaje explica por qu\u00e9 persiste el acoso pol\u00edtico hacia las mujeres electas en Bolivia a pesar de contar con una de las legislaciones m\u00e1s avanzadas de la regi\u00f3n, o por qu\u00e9 en Costa Rica, con paridad horizontal y vertical, las mujeres siguen subrepresentadas en las comisiones legislativas de mayor peso presupuestario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley no disuelve por s\u00ed sola el modo tradicional de ejercer el poder, sino que ese cambio requiere una transformaci\u00f3n de la cultura pol\u00edtica. Algo que ninguna reforma electoral puede legislar directamente. Por eso, la paridad no debe entenderse solo como un simple procedimiento de asignaci\u00f3n de esca\u00f1os, sino como un principio transformador que redefine qu\u00e9 entendemos por calidad democr\u00e1tica en el siglo XXI.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En lo que se refiere a la agenda futura, es importante extender la paridad m\u00e1s all\u00e1 del Congreso, alcanzando tanto a los \u00f3rganos ejecutivos (M\u00e9xico lo incluy\u00f3 en la ley; Chile bajo Bachelet y luego Boric ensayaron paridad ministerial, pero de forma voluntaria, no legal) o a poderes judiciales, entre otros. Porque en la mayor\u00eda de los pa\u00edses latinoamericanos, estos \u00e1mbitos est\u00e1n pr\u00e1cticamente exentos de cualquier obligaci\u00f3n paritaria. Y sin olvidar, que el dise\u00f1o de los pr\u00f3ximos reg\u00edmenes electorales de g\u00e9nero en Am\u00e9rica Latina debe tambi\u00e9n ir acompa\u00f1ados por una perspectiva interseccional que incluya cuestiones como la etnia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La paridad legal no garantiza la igualdad pol\u00edtica: sin sanciones y cambios en la cultura de poder, las mujeres siguen encontrando barreras para acceder a espacios de decisi\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"author":953,"featured_media":59456,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"episode_type":"","audio_file":"","podmotor_file_id":"","podmotor_episode_id":"","cover_image":"","cover_image_id":"","duration":"","filesize":"","filesize_raw":"","date_recorded":"","explicit":"","block":"","itunes_episode_number":"","itunes_title":"","itunes_season_number":"","itunes_episode_type":"","footnotes":""},"categories":[16579,16526],"tags":[14126],"gps":[],"class_list":["post-59455","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-lideres-politicos","category-genero","tag-debates-br-es"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/59455","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/953"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=59455"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/59455\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":59459,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/59455\/revisions\/59459"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/59456"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=59455"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=59455"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=59455"},{"taxonomy":"gps","embeddable":true,"href":"https:\/\/latinoamerica21.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/gps?post=59455"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}