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El uso de la fuerza en aguas internacionales: una reflexión jurídica desde el Caribe

El ataque de fuerzas estadounidenses en aguas internacionales revela la tensión entre seguridad y legalidad, cuestionando los límites del uso de la fuerza en el derecho internacional.

El 1 de septiembre de 2025, una lancha venezolana fue destruida por fuerzas estadounidenses en aguas internacionales del mar Caribe. El ataque, confirmado por el presidente Donald Trump, dejó once personas muertas. La embarcación estaba presuntamente vinculada al grupo criminal Tren de Aragua y al tráfico de estupefacientes. Sin embargo, la operación se realizó sin autorización multilateral ni alegato formal de legítima defensa. El hecho reavivó un debate que va más allá de lo técnico: ¿puede un Estado ejercer fuerza letal fuera de su jurisdicción sin vulnerar el derecho internacional?

Este episodio, ocurrido en un espacio que no pertenece a ningún país, lo cual plantea una tensión creciente entre seguridad y legalidad. En un mundo donde las amenazas se mueven sin fronteras, ¿cómo deben actuar los Estados sin debilitar el orden jurídico internacional?

¿Qué dice la normativa internacional?

Las aguas internacionales (también llamadas alta mar) están regidas por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). Esta establece que ningún Estado tiene soberanía sobre ellas, y que todos gozan de libertad de navegación, pesca y sobrevuelo. Pero esa libertad está condicionada: el artículo 88 reserva la alta mar para fines pacíficos. El uso de la fuerza militar, por tanto, solo se permite en circunstancias excepcionales.

Las embarcaciones que navegan en alta mar están bajo la jurisdicción del país cuya bandera enarbolan. Solo pueden ser inspeccionadas si hay sospechas fundadas de piratería, trata de esclavos o si no tienen nacionalidad. Además, el uso de la fuerza está limitado por la Carta de las Naciones Unidas, que lo permite únicamente en legítima defensa ante un ataque armado, siempre que sea inmediato, necesario y proporcional.

En el caso reciente, no se alegó legítima defensa, no hubo resolución del Consejo de Seguridad, ni se demostró que la lancha fuera pirata o sin bandera. Por lo tanto, la legalidad de la acción resulta cuestionable. Y es que la alta mar no puede convertirse en un terreno sin ley donde cada Estado actúe según su propio criterio.

¿Qué es la seguridad nacional?

En paralelo, la noción de seguridad nacional ha evolucionado en las últimas décadas. Hoy incluye amenazas como el narcotráfico, el terrorismo y el crimen organizado. Esta expansión ha llevado a algunos gobiernos a justificar acciones extraterritoriales en nombre de la seguridad. Pero esa lógica puede erosionar principios fundamentales del derecho internacional, como la prohibición del uso de la fuerza y el respeto a la soberanía estatal.

La responsabilidad internacional de un Estado se activa cuando viola obligaciones jurídicas, como el uso de la fuerza sin autorización, la afectación de la soberanía de otro país o la violación de derechos humanos. En este caso, podrían haberse vulnerado derechos fundamentales de los ocupantes de la embarcación, especialmente el derecho a la vida. Además, no hay evidencia de que se hayan agotado mecanismos de cooperación regional o asistencia legal mutua, como los previstos en la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

La lucha contra el narcotráfico no puede convertirse en una excusa para el uso irrestricto de la fuerza. Las acciones estatales deben guiarse por el principio de proporcionalidad y el deber de debida diligencia. Actuar fuera del territorio propio, sin mandato multilateral y sin garantías jurídicas, debilita el orden internacional y abre la puerta a abusos.

Desde una perspectiva legal, la destrucción de embarcaciones en alta mar sin autorización multilateral no está permitida. El derecho internacional consuetudinario y los tratados vigentes solo contemplan tres excepciones: legítima defensa, autorización del Consejo de Seguridad de la ONU, y operaciones multilaterales previamente acordadas. Incluso en contextos extremos, como la lucha contra la piratería en Somalia, se han requerido resoluciones específicas para permitir acciones militares.

Sin estas condiciones, cualquier intervención se considera unilateral y puede violar principios como la no intervención y el respeto a la vida. En el caso reciente, la ausencia de justificación legal convierte el hecho en una medida controvertida, con implicaciones jurídicas relevantes.

Revisión del derecho internacional

Este incidente obliga a repensar el papel del derecho internacional en contextos de seguridad transnacional. ¿Puede el derecho adaptarse a nuevas amenazas sin perder su esencia garantista? ¿Estamos ante una reinterpretación funcional del principio de no uso de la fuerza o ante su progresiva erosión?

La legalidad internacional no es un obstáculo, sino una garantía. La seguridad debe ejercerse con responsabilidad, transparencia y respeto a los derechos humanos. La pregunta no es si se puede destruir una lancha en alta mar, sino cómo se construye una respuesta legítima, eficaz y respetuosa del derecho.

El océano ha sido históricamente símbolo de libertad, de comercio, de encuentro. Pero también puede convertirse en escenario de tensión, de fuego, de silencio. Cuando una embarcación es destruida en alta mar y once personas pierden la vida sin proceso ni verificación, el derecho internacional se enfrenta a su mayor desafío: seguir siendo relevante.

Este texto no pretende emitir veredictos. Pretende abrir preguntas. Preguntas que incomodan, que duelen, que exigen respuestas jurídicas serias. Porque si el derecho no puede proteger a quienes navegan en aguas sin bandera, entonces el mar deja de ser espacio común. Y eso, más allá de cualquier frontera, nos interpela a todos.

En el mar, la ley debe ser el único ancla. Porque sin ella, lo que flota no es justicia, sino incertidumbre.

Autor

Abogado especializado en derechos humanos y justicia penal internacional. Maestría en Derecho Penal y Justicia Internacional, por la Universidad Kennedy en colaboración con UNICRI (Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia).

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