No cabe duda que la Unión Europea (UE) tiene un renovado interés por acrecentar sus relaciones comerciales con América Latina y el Caribe (ALC). Esto se debe, sobre todo, a la abundancia de los llamados minerales críticos que tiene el continente y que juegan ya un papel de primera línea en la transición energética impulsada también en Europa que está en proceso de sustituir su flota automovilística con coches eléctricos y sustituir las importaciones chinas con paneles solares de fabricación propia. Las empresas europeas han iniciado ya una seria ofensiva inversionista en el continente, conscientes a su vez, de que ya están llegando algo tarde a “la fiesta” y de que muy difícilmente podrán desplazar a las empresas chinas que están operando desde hace ya algunos años. El interés de Europa fue de hecho muy manifiesto en la Ultima Cumbre EU-ALC, que tuvo lugar en un momento en que la guerra de agresión rusa contra Ucrania había provocado una fuerte crisis energética, presente todavía. Los minerales críticos del subsuelo latinoamericano son pues, también minerales geoestratégicos.
El gran reto con el que se verán confrontadas las economías latinoamericanas, por enésima vez, es el de evitar caer de nuevo en la famosa “maldición de los recursos naturales”. Dicha “maldición” no solo está vinculada al desequilibrio que provoca la abundancia de materias primas en el equilibrio de los factores de producción, sino también a prácticas rentistas, destrucción ecológica, violación de derechos humanos y corrupción. La nórdica Noruega es uno de los vivos ejemplos de que es posible evitar la maldición de los recursos naturales, si se cuenta con buena gobernanza y alta responsabilidad empresarial. Los riesgos son enormes y el pasado reciente nos muestra que es muy fácil caer en las tentaciones de un extractivismo desordenado.
Las empresas europeas no traen solo nuevas tecnologías y enormes sumas de capital. Aunque parezcan complejas y con olor a injerencia, las relaciones con la UE pueden resultar más ventajosas, si se toman en serio las preocupaciones en torno a la protección ambiental y los derechos humanos. Como lo han denunciado ya organizaciones ecológicas y de derechos humanos a lo largo del continente, los impactos negativos del (Neo) extractivismo son ya una realidad en la mayoría de los países del continente. La destrucción ambiental y la violación de los derechos humanos en la extracción de minerales críticos parece estar replicando la violencia social y ambiental que ha caracterizado al sector de los combustibles fósiles: con 61 por ciento de las denuncias de abusos globales, América Latina es la región con el mayor número de abusos en el desarrollo de energías renovables y el número va en aumento.La Ley de Debida Diligencia
La Ley de Debida Diligencia
El pasado 15 de marzo de 2024 los Estados Miembros de la UE aprobaron la llamada Directiva de Diligencia Debida sobre Sostenibilidad Corporativa (CSDDD). Esta es una Ley que podría ayudar a sentar las bases para una obtención de los minerales críticos y otras materias primas, más amigable con el medio ambiente y los derechos humanos. El objetivo de la CSDDD es el de garantizar que las empresas europeas tomen medidas proactivas para respetar los derechos humanos y mitigar los impactos ambientales dentro de sus operaciones y a lo largo de toda su cadena de valor. En la práctica esto no es otra cosa que extender el ámbito de obligaciones legales vinculantes de las empresas que operan en Europa a todos los proveedores activos de su cadena de suministro.
Todos los Estados miembros de la UE estarán obligados a incorporar la CSDDD en sus legislaciones nacionales, a más tardar, a partir de 2026. Según lo estipulado, las empresas tendrán que empezar a aplicar requisitos en 2025 o 2026. El cronograma de aplicación está aun en proceso de aclaración. Ya desde que fue propuesta por primera vez en 2022, dicha ley ha ocupado el debate en torno a la forma en que la UE logrará alinear su política comercial con los objetivos del Acuerdo de París contra el Cambio Climático. Es de aclarar que muchos Estados miembros de la UE como Alemania, Francia o Países Bajos cuentan ya con legislaciones nacionales que van incluso más allá de la Ley aprobada por la Comisión.
En dicho debate entraron en choque dos posiciones adversas. Los que clamaban por una regulación mas vinculante y con un mayor ámbito de aplicación para las actividades de las grandes empresas europeas en los países en desarrollo y las que se niegan a todo tipo de regulación que incluya aspectos medioambientales y sociales. Después de intensos debates en los que sobre todo Alemania, abogaba por un curso liberal, se llegó a un acuerdo de compromiso que, como de costumbre, terminó con una Ley excesivamente debilitada, si se compara con la propuesta que había sido aprobada por el Parlamento Europeo hace algunos meses. «Los países de la UE lo hicieron de nuevo: recortaron las reglas para apaciguar a las grandes empresas, asestando un golpe a la autoproclamada posición de Europa como defensora de la democracia y los derechos humanos», dijo Marc-Olivier Herman, activista por la justicia económica de Oxfam UE.
¿En que consiste la ley aprobada? En su última versión, el ámbito de aplicación de la CSDDD fue reducido sustancialmente y solo incluye empresas con un mínimo de 1.000 empleados (en lugar de 500) y una facturación de al menos 450 millones de euros (en lugar de los 150 millones de euros previstos inicialmente). Alternativamente, las empresas con más de 250 empleados y un volumen de negocios de 40 millones de euros también entran en el ámbito de aplicación de la Directiva, siempre que el 50 % de sus ingresos provengan de industrias de alto riesgo como la moda, los minerales o la agricultura. Ámbito de aplicación reducido: Según las estimaciones actuales, esto significará que el número de empresas europeas que se verán afectadas por la CSDDD se reducirá en casi un 70 por ciento. Por tanto, el ámbito de aplicación de la CSDDD es globalmente más limitado que el de la Ley Alemana (LkSG), que no prevé umbrales de volumen de negocios.
Otro cambio sustancial con respecto a la propuesta original es la eliminación del enfoque de sectores de alto riesgo: El concepto de inclusión progresiva de empresas que no cumplen con los criterios de alcance, pero operan en sectores de alto riesgo ya no está previsto en la nueva versión del CSDDD. El borrador original de la CSDDD contenía disposiciones que estipulaban que las empresas con más de 250 empleados y un volumen de negocios neto superior a 40 millones de euros estarían sujetas a la CSDDD si generaban al menos 20 millones de euros en un sector de alto riesgo, como los bosques tropicales o las zonas costeras con alta biodiversidad.
En resumen, el texto definitivo de la CSDDD fue duramente criticado no solo por varias organizaciones no gubernamentales (ONG), sino incluso por empresas importantes que ven en ella una protección contra la competencia desleal de las empresas chinas. Se aduce que las exigencias han sido reducidas o diluidas «masivamente» a expensas del sector empresarial europeo.
¿Se van a reducir las exportaciones de América Latina?
Algunas empresas europeas que se verían afectadas por la Ley, intensificaron en los días previos a la aprobación una masiva campaña de incidencia en los países exportadores. Así, las empresas importadoras de café y de cacao de Alemania, segundo importador mundial de café, pintaron un dramático escenario para los productores latinoamericanos. Según la propaganda mediática el sector cafetero alemán asume que el suministro de café dejará de estar garantizado a partir del año que viene como consecuencia de un nuevo reglamento de la UE. «Nos amenaza una escasez en el mercado alemán y europeo. Los precios del café que todavía estará disponible subirán considerablemente», anunció la Asociación Alemana del Café.
Nada más lejos de la realidad, en un rubro en el que los importadores se benefician de una sobreoferta crónica a nivel global que les permite manipular los precios, no podrá haber caída de la oferta. En el caso del cacao, una legislación de este tipo le daría de hecho ventajas comparativas a los exportadores latinoamericanos frente a los africanos, en los que el trabajo infantil está muy difundido. Por otra parte, tanto el cultivo de café, como el de cacao de buena calidad, son solo posibles a largo plazo, si se realizan bajo las condiciones de manejo sostenible de los bosques.
Sin embargo, no se puede soslayar que la nueva legislación europea significa también un reto para los productores latinoamericanos, no solamente en el sector de materias primas. Los proveedores que son socios comerciales directos de empresas de la UE deberán dar garantías contractuales del cumplimiento del Código de conducta de las empresas de la UE. En caso de ser necesario habrá que elaborar un plan de acción de prevención, que incluya las garantías contractuales correspondientes de los socios comerciales, en la medida en que sus actividades formen parte de las cadenas de valor de las empresas de la UE incluidas en el ámbito de la legislación.
La trazabilidad, entendida como la capacidad de un actor de vincular un producto o subproducto con información sobre su historial desde el sitio de producción hasta el usuario final, será un instrumento clave para aumentar y consolidar la sostenibilidad. Ya existen soluciones digitales que permiten adaptar la trazabilidad a las nuevas exigencias. La información asociada con los productos básicos también incluye aspectos de sostenibilidad en el sitio de producción. Esto es muy importante en particular en lo referente a la pérdida de bosques, que actualmente puede ser monitoreada continuamente con los instrumentos del GPS.
Las empresas que quieran mantenerse a la vanguardia pueden dar, desde ya, algunos primeros pasos. Uno de los más importantes consiste en la digitalización de la trazabilidad para asegurar la transparencia a bajos costos. Es importante realizar un análisis de las nuevas exigencias garantizando el compromiso de las nuevas normas de calidad ante los importadores. En todo caso será necesario profundizar el conocimiento sobre los próximos pasos legislativos de la UE, para identificar cuáles de sus socios comerciales que caen en el ámbito de la nueva legislación e iniciar un diálogo con ellos. De igual manera es importante la cooperación entre gobiernos y empresas exportadoras a fin de asegurar el cumplimiento de las nuevas exigencias. Es muy posible que en los próximos años se amplíe el ámbito y la profundidad de la Ley. Es mejor estar preparados para un tal cambio que iría en beneficio de todos y no solo de unos pocos.
Autor
Doctor en Economía e investigador del Instituto SUEDWIND (Alemania). Fue investigador jefe del Depto. de Políticas de Desarrollo de dicho instituto y representante de Alemania ante la red europea no estatal para el desarrollo CONCORD.