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El lento reconocimiento de los derechos LGBT+ en América Latina

El avance del reconocimiento de los derechos LGBT+ en América Latina comenzó recién con la llegada del siglo XXI, cuando en 2002 la Corte Suprema argentina falló a favor de la adopción entre parejas del mismo sexo. Desde entonces se han aprobado 75 derechos de alcance nacional en 13 países, que benefician de manera diferenciada a las personas de las diversidades sexuales y de género.

Los países que han reconocido derechos LGBT+ lo han hecho por cuatro vías principales de aprobación: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y organismos públicos autónomos. Esto implica que los derechos, a pesar de tener un alcance nacional, tienen estatus legales diferentes. Aquellos que han sido aprobados por el Legislativo modifican las leyes como son los códigos civiles; en cambio, los que son reconocidos por las otras tres vías no siempre logran cambiar la gramática legal e incluso algunos requieren de segundos procesos de judicialización. 

Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, México, Panamá, Perú y Uruguay han ido modificando paulatinamente en el transcurso de 20 años las estructuras cissexistas (la creencia de que los cuerpos validados son aquellos cuyas identidades binarias de género están estrictamente sujetas a los genitales, los hombres “verdaderos” tienen pene y las mujeres “verdaderas” tienen vulva) y heterosexuales que imperan en el orden político, social y simbólico. 

Esto ha sido posible gracias al activismo LGBT+ que desde los setenta ha luchado, muchas veces a costa de sus vidas.

La larga lucha por los derechos de la población LGBT+

Los procesos históricos de transición política en la región se concentraron en la formalidad procedimental pero partiendo de la necesidad de concebir a la ciudadanía desde el imperativo de la homogeneidad. Esto implicó que, en aras de hacer que prevaleciera la razón normativa en el espacio público para garantizar la imparcialidad, se negara la especificidad de los cuerpos y sus deseos, así como la diferencia de raza, género, orientación sexual, entre otros rasgos que amenacen la unidad y coherencia homogénea desde donde se articula la democracia liberal.

Las luchas de larga data por las diversidades sexuales y de género, así como la escucha y atención que recibieron en los escenarios internacionales de derechos humanos, permitieron que sus demandas ingresaran a los marcos de comprensión de la legalidad de los derechos humanos. Esto hizo que los países democráticos que han firmado acuerdos internacionales en esta materia se vieran obligados a atender estas exigencias. 

Pero estos procesos no han sido automáticos. A pesar de la obligatoriedad internacional que se ha ido construyendo, las personas LGBT+ han tenido que dar la batalla para hacer valer las convenciones y tratados internacionales en materia de derechos humanos. Esta batalla se ha realizado mediante diferentes estrategias como el acercamiento a las personas congresistas más empáticas con los derechos LGBT+ o el litigio estratégico, hasta la llegada esporádica y limitada de personas de las diversidades sexuales y de género a cargos de representación popular.

Avances y desafíos pendientes

La experiencia de los países en el reconocimiento de estos derechos evidencia que han surgido, las más de las veces, sin una armonización legal o vinculante. Por ejemplo, se reconocieron las uniones civiles o el matrimonio igualitario sin la robustez legal que arropa al matrimonio heterosexual, que incluye los derechos a la adopción o la gama de beneficios legales de seguridad social como el derecho a la salud, a las guarderías, a la pensión a la pareja en caso de fallecimiento, entre otros.

En muchos casos como en México (2017) el voto de las personas trans en todo el país ha sido aprobado por el Instituto Nacional Electoral. La medida de este organismo público autónomo se sitúa desde la ausencia legal de alcance nacional del reconocimiento del derecho a la identidad de género. Este se ha ido aprobando a escala subnacional, y no fue sino hasta enero de 2021 cuando este mismo organismo, por mandato del Tribunal Electoral Federal, estableció las medidas afirmativas para que personas de las diversidades sexuales y de género tuvieran cuotas para acceder a las candidaturas a cargos de representación popular.

En Perú, el derecho a la identidad de género fue reconocido en 2016 mediante una sentencia dictada por el Tribunal Constitucional. Pero el proceso para la rectificación del sexo en los documentos de identidad debe hacerse por medio del proceso sumarísimo (juicios abreviados) donde este proceso queda aún bajo tutela judicial. Es decir, la rectificación del sexo deberá ser ordenada por un juez.

Además, este tipo de procesos en Perú no establece que las personas trans gocen del derecho a la identidad de género en su DNI, aunque sí en otro tipo de documentos considerados “menores”. Al respecto, se han presentado demandas ante el Tribunal, y este, a su vez, ha ordenado al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil reconocer el derecho a la identidad de género. La respuesta hasta ahora, sin embargo, ha sido negativa.

Estas formas atropelladas y desvinculadas de reconocer los derechos reafirman las condiciones de violencia y discriminación que padecen las personas LGBT+ por no responder a los mandatos cissexistas y heterosexuales bajo los cuales se ancla la moral de la condición ciudadana liberal. 

No podemos olvidar que se han aprobado derechos en apenas 13 países y en algunos apenas se ha logrado reconocer uno solo, como es el caso de El Salvador; dos en Bolivia y Panamá, o cinco en Chile, frente a los 13 derechos de Argentina o los 10 de Uruguay, donde además se han ido generando políticas públicas al respecto. 

La tardanza con la que se empiezan a reconocer los derechos de las personas LGBT+ exige una genuina empatía y agudeza legal de los Gobiernos democráticos de América Latina a fin de reconocer el derecho desde el compromiso de hacer extensiva la dignidad de estos individuos que históricamente han vivido en los bordes del decoro humano.

Autor

Profesora e investigadora del Departamento de Estudios Políticos y de Gobierno, de la Univ. de Guanajuato (México). Miembro del Sistema Nacional de Investigadores de México. Especialista en la condición ciudadana de las personas LGBT+.

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