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Paridad inconclusa

La paridad de género ha avanzado de cuotas a principio democrático, pero sigue siendo frágil, desigual y aún insuficiente para garantizar una igualdad real en la representación.

Hace poco más de tres décadas, Argentina aprobó la primera ley de cuotas de América Latina. Era 1991 y la idea de obligar a los partidos a incluir mujeres en sus listas sonaba, para muchos, a herejía democrática. Hoy la región es el laboratorio global más prolífico de innovación en igualdad política: más de 45 reformas legales, de acuerdo con el Observatorio de Reformas Políticas, y el promedio más alto de representación femenina del mundo. La región supera incluso a varias democracias europeas en presencia de mujeres en sus órganos legislativos.

Pero la paridad no es solo un número. Es una historia de aprendizaje, disputas y transformación de los criterios con los que se mide la legitimidad democrática.

De cuota a principio democrático

Las primeras leyes de cuota operaban con una lógica correctiva: sin tocar la arquitectura del sistema electoral, introducían un piso mínimo de candidaturas de mujeres. El mensaje implícito era que la baja presencia de mujeres en las instituciones era una anomalía a reparar, no un requisito de la democracia misma. Esa lógica encontró sus limitaciones: partidos que colocan mujeres en los últimos lugares de listas sin posibilidades reales, hombres suplentes que reemplazaban a titulares electas, simulacros que respetaban la letra y vaciaban el espíritu.

Frente a las estrategia de evasión partidaria, organizaciones de mujeres y legisladoras de distintos partidos, en alianza con organismos electorales y redes regionales, respondieron con nuevas reformas más exigentes. La región aprendió haciendo: ensayo, error, corrección y nueva regulación. Cada brecha detectada se convirtió en insumo para la siguiente ola de cambios. Así, lo que comenzó como una medida correctiva se fue convirtiendo en algo cualitativamente distinto: la paridad como principio estructurante del acceso al poder.

La diferencia no es menor. Mientras la cuota decía “incluyan a algunas mujeres”, la paridad dice “la representación equilibrada entre hombres y mujeres es un estándar democrático básico”. Ese desplazamiento conceptual —codificado en constituciones, reforzado por tribunales electorales, defendido en conferencias regionales— redefinió el debate. Ya no se discute si las mujeres deben estar; se discute qué arquitectura institucional garantiza que no puedan ser excluidas.

Las paridad no es siempre igual

Sin embargo, la región no avanza de manera uniforme. Detrás de la proliferación de leyes de paridad se esconden trayectorias distintas.

Hay casos de institucionalización madura, donde la paridad se tejió a lo largo del tiempo mediante reformas sucesivas que cerraron ambigüedades, fortalecieron los mecanismos de control y llegaron a anclar el principio en la Constitución. México es el ejemplo más avanzado: tras décadas de reformas y jurisprudencia activa del Tribunal Electoral, la reforma de 2019 consagró la «paridad en todo» —Poder Ejecutivo, Judicial, organismos autónomos, gabinetes. Allí, revertir la paridad requeriría no solo una amplia mayoría legislativa, sino enfrentar costos políticos y jurídicos formidables.

Hay otros casos de institucionalización, como Argentina, donde el principio se consolidó sin llegar a la Constitución pero con suficiente densidad normativa para hacer costosa su regresión. Y hay casos donde la acumulación de medidas o ajustes no produjo coherencia institucional: Honduras aprobó paridad con alternancia obligatoria, pero las válvulas de escape —primarias con dinámicas internas, voto preferencial, interpretaciones flexibles— siguieron neutralizando sus efectos.

Chile ofrece una lección diferente. En el proceso constituyente de 2020 se diseñó uno de los mecanismos de paridad más innovadores del mundo. La Convención Constitucional fue paritaria. Pero esa regla fue adoptada para un proceso excepcional, no como reforma estructural del sistema electoral. La experiencia mostró que una regla fuerte puede producir resultados paritarios inmediatos, pero no necesariamente consolidar la paridad como principio permanente.

Y luego está Perú, que después de avanzar hacia la alternancia en listas retrocedió normativamente en 2024, eliminando la alternancia en las planchas presidenciales y la paridad horizontal para las fórmulas de gobernadores regionales. El retroceso normativo recuerda que ningún avance está blindado por definición.

La lección es incómoda pero necesaria: regímenes formalmente similares pueden tener costos de reversión distintos según la profundidad del proceso político que los construyó y de la presencia de coaliciones favorables activas y con capacidad de incidencia efectiva.

Lo que la paridad no resuelve

El avance es un avance real, pero sería ingenuo presentarlo como suficiente.

La paridad modificó la puerta de entrada al ejercicio de la representación. No reconfiguró por sí misma la distribución del tiempo, los recursos y la autoridad que condicionan quién puede sostener una carrera política. En América Latina, las mujeres dedican el tiple de tiempo que los hombres al trabajo de cuidados no remunerado (19,6% versus 7,3%). Esa desigualdad cotidiana condiciona quién puede militar, hacer campaña o asumir cargos de alta exposición pública.

La paridad tampoco interroga qué mujeres acceden. Los datos disponibles son elocuentes: se estima que el promedio de legisladoras afrodescendientes no llega al 1%, mientras las mujeres indígenas en las cámaras bajas o únicas de América Latina son una excepción, no la regla. La igualdad numérica entre hombres y mujeres no implica diversidad dentro del universo femenino representado ni la incorporación de sus variadas experiencias sociales. Sin ampliar el sujeto político de la representación, la equivalencia numérica puede reproducir jerarquías internas bajo apariencia de igualdad formal. A esto se suma la persistencia de la violencia política de género, una herramienta de disciplinamiento que afecta a las mujeres candidatas y electas.

Horizonte, no meta cumplida

En un contexto marcado por el descontento ciudadano, la polarización creciente y el cuestionamiento de las agendas de igualdad, la paridad enfrenta hoy vientos de contestación que no son nuevos pero sí más intensos. En varios países, la igualdad de género se presenta como privilegio, imposición o amenaza a la libertad. El clima cultural cambió, y con él cambiaron también las narrativas que buscan deslegitimar lo conquistado.

La democracia paritaria no designa un estado alcanzado. Postula la igualdad sustantiva como principio organizador del Estado y de la vida pública, no solo como regla de candidaturas. Es un horizonte que exige extender el principio de igualdad hacia gabinetes, judicaturas y partidos; articular la paridad política con políticas de cuidado que redistribuyan el tiempo; y ampliar la noción de representación para incorporar la diversidad dentro del universo de mujeres.

Tres décadas de reformas latinoamericanas demuestran que la paridad fue capaz de transformar los criterios de legitimidad democrática. Eso es mucho. También demuestran que la conquista de derechos nunca está exenta de contestación, y que la igualdad formal de acceso de las mujeres no agota la agenda de la paridad democrática.

La pregunta ya no es si la paridad transformó la representación. La transformó. La pregunta es si las fuerzas democráticas la asumirán como un principio constitutivo de la democracia misma y la defenderán ante probables intentos de vaciamiento o reversión. Y esa es, hoy, una disputa abierta.

Autor

Doctora en Ciencia Política, profesora adjunta en la Universidad Nacional de San Martín e investigadora del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas de la Argentina (UNSAM-CONICET). Integra la Red de Politólogas #NoSinMujeres.

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