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El legado colombiano en la gestión de la migración venezolana

Cuando muchos países de la región impusieron visas para limitar el ingreso y la permanencia de los migrantes venezolanos en sus países y militarizaron sus fronteras para dificultar su ingreso, Colombia mantuvo sus fronteras abiertas, no impuso en ningún momento requisitos restrictivos, cerró los pasos fronterizos únicamente para contener la pandemia y recientemente adoptó el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos. La gestión de la migración venezolana es uno de los legados más importantes que este gobierno dejará a la región.

Las supuestas razones del éxito

Si bien el acceso sin mayores restricciones de nacionales venezolanos puede haber pasado inadvertido, la decisión de adoptar el Estatuto Temporal de Protección ha sido acogida por los medios y la comunidad internacional como un gesto sin precedentes.

Colombia, que es el país con mayor migración venezolanos en la región y el mundo, necesitaba con urgencia una medida que permitiera regularizar a casi un millón de migrantes que se encuentran en el país en situación de irregularidad. El mismo gobierno reconocía que esta situación traía consigo retos importantes para el desarrollo de una política pública coherente e implicaciones fiscales, sobre todo para el sistema de salud.

Por lo tanto, el Estatuto, que pretende regularizar a la mayoría de los nacionales venezolanos en Colombia y otorgarles un permiso por un periodo de 10 años, permitirá mejorar la condición de los migrantes y proteger más y mejor sus derechos.

En el discurso inaugural del Estatuto, junto al Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados, Filippo Grandi, el presidente Iván Duque afirmó que el Estatuto “representa la política migratoria más importante en fraternidad, en orden y en legalidad, que se haya visto en América Latina y el Caribe”. Mientras que el Alto Comisionado resaltó el Estatuto como “un gesto humanitario emblemático para la región, como usted dijo, inclusive para el mundo entero”.

Las expulsiones discrecionales

El Estatuto es sólo la última de una serie de medidas y acciones que han contribuido a la construcción de la narrativa de la generosidad y de las puertas abiertas de Colombia hacia los hermanos venezolanos. Pero, al mismo tiempo, se han aplicado otra serie de acciones que, siendo mucho menos nobles, también han marcado la política migratoria del país en estos años.

La primera es la larga serie de expulsiones “discrecionales” de extranjeros, sobre todo de personas provenientes de Venezuela, en circunstancias que ponen en entredicho el respeto al derecho a un debido proceso de estas personas. Bajo la causal de la expulsión discrecional, Migración Colombia, la autoridad de control y verificación migratoria colombiana, expulsa a las personas que considera que han realizado actividades que atentan contra la seguridad nacional, el orden público, la salud pública, la tranquilidad social, la seguridad pública o cuando existe información de inteligencia que indica que el extranjero representa un riesgo en este mismo sentido. Estas sanciones van acompañadas de una prohibición de regresar al país por un término que puede ir de cinco a más de diez años.

Datos de la misma autoridad migratoria muestran que casi todas las expulsiones en 2020 fueron “discrecionales” y que, desde 2018, hay una tendencia creciente al uso de esta sanción. Ahora bien, para la persona sujeta a esta medida es muy complejo, cuando no imposible, controvertir la decisión de la autoridad y tener acceso a acompañamiento legal. Entra otras razones, por los cortos tiempos en los cuales se suelen materializar estas expulsiones y por el uso arbitrario que hace de ellas la autoridad migratoria.

En casos similares de deportaciones sumarias y colectivas de migrantes provenientes de Venezuela ocurridas en Chile, las cortes dejaron claro que se había violado su derecho al debido proceso y que los migrantes pueden enfrentar riesgos para su vida e integridad al volver a Venezuela, por lo cual no deben ser expulsados.

El desconocimiento de la protección internacional

Colombia, además, desconoce la necesidad de protección internacional de esta población. A diciembre del 2020, se había reconocido la condición de refugiado solamente a 771 venezolanos y se contabilizaba pocos menos de 20,000 solicitudes. Sin embargo, a excepción de Brasil y México, muchos otros países de la región contribuyen a lo que es una tendencia regional.

A esta falencia, se suman las notorias deficiencias del sistema de refugio colombiano, que deja al solicitante a la espera de una respuesta por un tiempo indefinido que puede durar años, periodo durante el cual la persona no puede ejercer actividades económicas. A pesar de las dificultades que esto genera a las personas, el gobierno aún no ha manifestado intención alguna de reforma el sistema.

En este marco, medidas como el Estatuto buscan ofrecer alternativas más ventajosas para los solicitantes de refugio en términos de acceso a derechos. Pero, sin lugar a duda, desconocen su necesidad de protección y no las tutelan de la devolución a su país de origen.

En suma, el Estado colombiano ha hecho mucho por la migración venezolana bajo la presidencia de Iván Duque y, si se quiere, mucho más que otros países de la región. Pero hace falta un análisis más detallado, profundo y crítico para determinar las reales dimensiones de su legado y si realmente es el ejemplo que queremos seguir.

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Assistant professor at the Law School of the Universidad de los Andes (Bogotá) and the Legal Clinic for Migrants, member of the Center for Migration Studies and the research group on Law, Migration and Social Action of the same University.

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