Siempre que empieza un nuevo gobierno, me pregunto cuál será la agenda del presidente en materia migratoria. Hay que decir que fueron bastante escasos, por no decir inexistentes, los pronunciamientos de Abelardo De La Espriella (ADLE) como candidato sobre sus propuestas en materia de migración.
Salvo algunos pronunciamientos en redes sociales cuando recién fue elegido, en las que dejó saber que colaboraría con el gobierno de EE.UU. para impedir que “falsos solicitantes de asilo” llegaran al país norteamericano, poco o nada sabíamos de lo que la cabeza del gobierno colombiano pensaba sobre este tema y si, por ejemplo, daría continuidad al Estatuto Temporal de Protección de Venezolanos (ETPV). El ETPV es, sin duda, una de las apuestas más ambiciosas de gobiernos de Colombia (y la región) para dar estatus regular a personas de nacionalidad venezolana.

La política de deportaciones
Las dudas fueron disipadas rápidamente al conocerse que el nuevo presidente parecía solo ofrecer una apuesta, agresiva y de mano dura, por las deportaciones. A finales de agosto, en una declaración, De La Espriella dio a conocer cuál sería su línea en la materia. Aunque bastante corto, de su pronunciamiento se desprenden afirmaciones que no hay que pasar por alto. En primer lugar, se trata de una orden dirigida a Migración Colombia, publicada en tiempo real, de iniciar los “operativos” de deportación de personas migrantes. El presidente mencionó que las deportaciones han sido una “posición de campaña” que ahora honra en su gobierno.
De La Espriella advirtió que en el cumplimiento de su orden se priorizarán aquellas personas que han cometido delitos y, luego, a quienes se encuentran en situación irregular, sin distinción de origen nacional. El presidente señaló, sin vacilación, que no aceptará “inmigrantes ilegales” y que las deportaciones deberán llevarse a cabo “en el término de la distancia”. En su intervención, dejó caer: “primero los colombianos, segundo los colombianos y tercero los colombianos”.
¿Y los migrantes?
La afirmación sobre la priorización de los colombianos, que parece de cajón, leída en el contexto de las órdenes dadas, adquiere un sentido tremendamente desalentador para lo que podría ser la agenda migratoria del presente cuatrienio, y es que no hay tal agenda migratoria. El repertorio de propuestas para atender las necesidades de inclusión e integración de estas personas es inexistente. El único libreto disponible es el que está a la orden del día en la región: la criminalización y exclusión de personas migrantes mediante detección, detención y deportación (las 3D).
Este discurso, que puede ser cautivador para ciertos sectores de la población, tiene efectos adversos para las personas migrantes en el país. Hace que entre ellas cunda el miedo a la interacción con las autoridades por miedo a ser enviados de vuelta al país del que salieron y al cual, por distintas razones, no pueden o no desean regresar.
Podría pensarse que la declaración de De La Espriella es solo eso, unas palabras sin efecto. Nada más alejado de la realidad. Tras el anuncio, comenzaron a hacerse públicas a través de las redes sociales de Migración Colombia que ciertos grupos de personas migrantes serían “expulsadas del país”. Por su parte, estos comenzaron a buscar información sobre cómo regularizar su situación y qué hacer en caso de una deportación.
“No a los inmigrantes ilegales” y la criminalización de la migración
El mensaje del presidente mezcla en un solo paquete a personas con antecedentes criminales (ilegalidad o infracción penal) y a quienes se encuentran en el país de manera irregular (infracción administrativa). En el primer caso, se trata de personas que han sido judicializadas por haber cometidos delitos en Colombia, lo cual es francamente distinto a lo que ocurre en el segundo escenario, en el que son personas que han ingresado a Colombia sin reunir los requisitos establecidos o que, habiéndolos cumplido, han permanecido en el país más del tiempo autorizado.
Es fundamental aclarar que este segundo escenario se denomina “migración irregular”; nunca “ilegal”. Tampoco hay “migrantes ilegales”, la ilegalidad se refiere a una conducta cometida; nunca a la persona. En este sentido también se pronunció la Defensora del Pueblo de Colombia, Iris Marín.
“En el término de la distancia” y el debido proceso
El presidente afirmó que “la orden a Migración Colombia es clara y ahorita llamamos y se la damos”, y que, “en el término de la distancia tendrán que ser deportados”. Habría que recordar que las decisiones administrativas tienen formalidades que preservan el Estado de Derecho y permiten el control de las actuaciones de las autoridades, sin exclusión alguna.
Para efectos de dicho control, resulta crucial conocer las razones que motivan a una autoridad a tomar un determinado curso de acción. De ahí que, una llamada a Migración Colombia o una intervención pública de escasos minutos es absolutamente insuficiente a dichos efectos.
En segundo lugar, ninguna sanción migratoria se puede cumplir en el “término de la distancia”. En todos los casos se requiere agotar las garantías del debido proceso, que implica, como mínimo, que la decisión de deportación/expulsión conste por escrito en un acto administrativo expedido con todas sus formas y debidamente motivada, que sea materialmente conocido por la persona sancionada, y que ella pueda interponer los recursos de ley contra la decisión, si así lo quisiera.
Además, está absolutamente prohibida la deportación/expulsión colectiva de personas migrantes. Al ser de una sanción, debe tratarse cada caso de manera individualizada.
“Es una decisión política y yo la asumo”: entonces quién responde
De La Espriella cerró su intervención señalando que esta es una orden presidencial; que es una orden política y administrativa que él asume. Aquí hay dos aspectos importantes que no deben pasar inadvertidos. Resulta problemático afirmar que es una decisión política porque parecería que aquí el derecho no tiene ningún papel. Todas las actuaciones de las autoridades están sometidas a la ley y acarrean responsabilidades legales concretas. Conviene recordarle a Migración Colombia que las órdenes de deportación/expulsión no pueden motivarse en la orden dada por el presidente, sino que deben estar fundamentadas en las normas que regulan las infracciones migratorias. No hacerlo, también implica responsabilidades para las autoridades migratorias.
Por último, el presidente sabrá que no es “su responsabilidad”, sino de la autoridad que adelanta el procedimiento administrativo e impone la sanción migratoria, esto es, Migración Colombia. Ha sido una gran sorpresa constatar que las expulsiones explícitamente estaban señalando que se hacían en cumplimiento de la orden del presidente, como si esto fuera argumento suficiente para expulsar a personas del país.
En este contexto, debemos hacer un llamado: primero, a la moderación del discurso y al rigor en el lenguaje; segundo, a considerar alternativas de regularización migratoria para las personas que se encuentran en el país; tercero, a la creatividad en el diseño de respuestas al contexto migratorio que aborde la migración desde la solución y no como un problema.
Ya hay suficiente ilustración de estigma y criminalización en la región (y el mundo) como para seguir por la misma senda.










